DIVISION ANALISIS Y DIAGNOSTICO

MANEJO SEGURO
DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS

DENUNCIAS

Lo anteriormente expuesto se refiere a disposiciones generales para cualquier producto fitosanitario de uso agrícola, pero existen además disposiciones específicas para productos concretos, los que no estando totalmente prohibidos tienen sí restringido su uso y las condiciones del mismo. Por lo tanto, cualquier uso constatado fuera de los previstos por la normativa vigente es pasible de denuncia.

Se presentan a continuación algunos ejemplos:

Endosulfan

Sólo algunas formulaciones de este producto son autorizadas y con uso restringido. Por ejemplo en el cultivo de soja sólo pueden usarse para el control de "chinches" (insectos plaga de la Familia Pentatomidae). Cualquier otro uso es pasible de denuncia.

En lo que se refiere a aplicaciones en cercanías de corrientes y fuentes naturales de agua la normativa para endosulfan es más estricta y son pasibles de denuncia la constatación de aplicaciones

aéreas, a una distancia inferior a 100 metros de corrientes o fuentes de agua (ríos, arroyos o cañadas, lagos, lagunas estanques o tajamares);


terrestres mecanizadas, a una distancia inferior a 100 metros de lagos, lagunas, estanques o tajamares o inferior a 50 metros de corrientes de agua (ríos, arroyos y cañadas).

También en referencia al endosulfan son pasibles de denuncia el uso del mismo en:

granos almacenados destinados al consumo humano o animal;


campos
naturales; campos brutos; campos naturales mejorados; praderas en general (implantadas o cultivadas); cultivos destinados al pastoreo o a la alimentación directa de animales.

 

Fipronil

En cuanto a productos fitosanitarios autorizados, formulados a base de fipronil, es pasible de denuncia

cualquier uso de los mismos a excepción a) del control de hormigas con cebo tóxico granulado y b) como curasemilla en arroz

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