Disposiciones Legales y Reglamentarias Productos Fitosanitarios

B. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

  B.1 Restricciones
  B.2 Prohibiciones
  B.3 Ampliación de uso

 

 

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B.1 Restricciones

Resolución MGA del 6/09/1968: Insecticidas órgano clorados.- Se prohíbe el uso en campos naturales y praderas implantadas y/o cultivadas, excepto para hormigueros localizados.-

Resolución MAP del/01/1977: Hexaclorocicloexano.- Se prohíbe su importación, fabricación y formulación para ser usa­do en sanidad animal y vegetal

Resolución DSV del 19/05/1988: Arsenito de sodio.- Se restringe su uso únicamente como fungicida para tratamiento invernal de viñedos.-

Resolución DSV de 19/05/1988: Endrin.- Se revoca el registro y autorización de venta para todo uso agronómico. Restringe su uso únicamente para el combate de cotorras, con venta solo bajo autorización oficial en envases de 20 litros mínimo.

Resolución DSV del 13/09/1990: Ditiocarbamatos.-Se revoca el carácter definitivo de los registros que pasan a ser provisorios.

Resolución DSV del 22/09/1989: Insecticidas órgano clorados.- Restricción de registros solo como hormiguicidas, con limitación de concentración al 2,5% máximo, formulación coloreada de rojo y envases mayores a 1 Kg/Lt.-

Resolución DSV de 22/11/1989: Endosulfán y Endrin.- Se exceptúan de los alcances de la Resolución DSV del 22 de septiembre de 1989

Resolución de 29/11/1990: Cyhexatin.- Se suspende el registro y autorización de venta para todo uso agrícola.

Resolución SPA de 26/11/1991: Paraquat.- Se establecen restricciones y condiciones para el registro, en cuanto a la concentración de ingrediente activo no superior a 28%, formulación coloreada de azul y envases entre 1 y 30 litros.

Resolución de 08/10/1992: Cyhexatin.- Se restringe su uso a manzano, peral, citrus y ornamentales con tamaño de envases superior a 1 litro.

Resolución SPA de 12/01/1993: Fungicidas cúpricos.- Se adoptan niveles máximos de tolerancia para el contenido de impurezas contaminantes en fungicidas a base de cobre y se revoca el registro y autorización de venta de aquellos productos que lo superan

Resolución de 23/09/1997: Endosulfan y Dodecacloro (mirex).- Se establecen restricciones de uso (control de hormigas), concentración, formulación y envase.-

Resolución MGAP de 30/01/ 2002: Metil paration.- Prohíbe el registro y la aplicación de productos fitosanitarios a base de Metil paration para todo uso agrícola. Se exceptúa a lo dispuesto los formulados como micro cápsula dispersa en agua para uso en frutales, mediante aplicación terrestre únicamente y cuya concentración máxima de ingrediente activo no exceda el 45% (p/v); tiempo de espera 35 días. B) Hormiguicidas formulados como polvo con un porcentaje de ingrediente activo igual o menor al 2%.

Resolución DGSA Nº 55 de 23/10/2008: Disulfoton, metidation, endosulfan, metil paration, etion y metasistox. Se estable en 48 horas el período de reingreso. Productos fitosanitarios Clase Toxicológica 1a y 1b, período de reingreso 24 horas. En cualquiera de los casos puede ser mayor si así lo indica la etiqueta.

Resolución DGSA Nº 3 de 15/01/09: Autoriza como medida de excepción, y por el período comprendido entre el 15 de enero y 1º de marzo 2009, el uso de productos a base de: Acefato, Lambda-cialotrina, Cipermetrina, Deltametrina, Cipermetrina + Clorpirifos, Carbaryl y Diflubenzuron para el control de la langosta.

Resolución DGSA Nº 7 de 25/02/2009: Amplía plazo previsto en numeral 2 de la Resolución DGSA Nº 3 de 15/01/2009, hasta 30 de abril del corriente.

Resolución DGSA Nº 29 de 30 de abril de 2009. Autoriza, en forma condicionada, el uso de los productos (registrados) a base Lambda-cialotrina, Cipermetrina, Deltametrina, Cipermetrina + Clorpirifos etil, Carbaril y Diflubenzuron para el control de langostas.

Resolución MGAP de 30 de julio de 2009. FIPRONIL: Aumenta restricción de uso de productos fitosanitarios agrícolas formulados a base de este ingrediente activo. Sólo podrán comercializarse y utilizarse para control de hormigas en formulación cebo granulado y para uso curasemillas en arroz. Deroga las Resoluciones DGSA Nº 12/009 y Nº 27/009.

Resolución DGSA Nº 56 de 09 de diciembre de 2009. Uso de RECETA PROFESIONAL para la compraventa de prodcutos fitosanitarios.

Resolución MGAP Nº 55 de 17 de enero de 2011. ATRAZINA: Hace extensiva la exigencia del uso de receta profesional a los Productos Fitosanitarios de uso agrícola formulados a base de Atrazina. Reduce la dosis máxima permitida a 1 kg de i.a. por há por año.

Resolución MGAP Nº 56 de 17 de enero de 2011. ENDOSULFAN: Hace extensiva la exigencia del uso de receta profesional a los Productos Fitosanitarios de uso agrícola formulados a base de Endosulfan.

Resolución DGSA Nº29 de 25/07/2011. ATRAZINA: Admite un quilogramo y medio de ingrediente activo por hectárea por año (1,5 kg/há/año de i.a.) como dosis máxima de Atrazina, para aplicación en cultivo de sorgo.

 

B.2 Prohibiciones

A. DISPOSICIONES GENERALES

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